Si tu empresa ya cuenta con empleados, el aguinaldo anual es una prestación que debes otorgar de forma obligatoria. Esto incluye a los trabajadores de planta, de confianza, eventuales; y contratados por una obra o tiempo determinado. ¿El pago de aguinaldo es para todos? Las únicas que no tienen derecho a este beneficio son aquellas personas que han prestado un servicio a la empresa a través del régimen de honorarios.
El cálculo mínimo de un aguinaldo en el sector privado es de 15 días de salario, siempre que el empleado haya cumplido un año en la empresa (en el caso de trabajadores al servicio del Estado, se pagan 40 días). Hay empresas que otorgan una prestación mayor a algunos trabajadores, dependiendo por ejemplo de su antigüedad en el puesto, por su jerarquía o por un tipo de contrato especial.
Ten en cuenta además que, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo se tiene que pagar en el sector privado antes del día 20 de diciembre de cada año; de parte del Estado, se deberá pagar un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero.
Para calcular el aguinaldo, el primer paso es conocer cuál es el sueldo diario del trabajador. Además debes considerar lo siguiente: si una persona recibo su pago en forma mensual, hay que dividirlo entre 30 días. Si es quincenal, entre 15; y si es semanal, entre siete.
Hacemos un ejemplo práctico:
Si un empleado percibe $10,000 de salario mensual:
10,000/ 30 días= 333.33 como sueldo diario.
333.33 de sueldo diario x 15 días de aguinaldo = 4,999.95
El trabajador recibirá 4,999.95 por concepto de aguinaldo.
Salarios variables e impuestos
En cuanto a aquellos empleados de reciente ingreso, que todavía no hayan alcanzado los 12 meses en su puesto, hay que abonarles la parte proporcional. Por ejemplo, si alguien gana $500 pesos diarios y trabajó seis meses, le corresponde un aguinaldo de $3750 pesos.
Para los trabajadores que tengan salarios variables (por ejemplo, porque reciben bonos o comisiones), el aguinaldo debe calcularse teniendo en cuenta el promedio de ingresos que obtuvieron en los últimos 30 días en la empresa.
Hay otro dato importante a tener en cuenta: debido a que para fines fiscales aguinaldo es un ingreso, a la hora de calcularlo la empresa debe considerar el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) y retener esa cifra para hacer el pago correspondiente al Servicio de Administración Tributaria (SAT). La única excepción es cuando el aguinaldo es equivalente de 30 días de Unidad de Medidas y Actuallización (UMA) o menos.
Por último, ten en cuenta que los patrones que incumplan con esta obligación, paguen aguinaldos incompletos o fuera de término, pueden recibir multas de entre 50 y 5,000 UMA (es decir, aproximadamente desde $4,000 hasta más de $400.000 pesos), de acuerdo con el artículo 1002 de la LFT.
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