De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), la prima vacacional es un ingreso extraordinario para el disfrute de vacaciones, a las cuales tienen derecho los trabajadores que tengan más de un año de servicios en una empresa o establecimiento.
¿Qué es la prima vacacional?
Es la prestación en dinero, a la cual tiene derecho el trabajador con el objeto de recibir un ingreso extraordinario para el disfrute del periodo de descanso”.
El artículo 80 de la LFT es el que establece este derecho y señala el monto que debe recibir el trabajador acorde con su salario:
Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones”.
¿Cómo se calcula esta prestación del trabajador?
Para realizar su cálculo, es necesario conocer los siguientes elementos:
- Salario mensual
- Antigüedad
- Vacaciones correspondientes
Para conocer cuántos días de vacaciones le corresponden a un trabajador, revisamos el artículo 76 de la LFT, el cual establece un periodo anual de vacaciones que en ningún caso podrán ser menores a seis días laborables y en los años posteriores se incrementa en 2 días hasta llegar a 12. Después del cuarto año de trabajo, el aumento será de 2 días por cada cinco años de servicio.
La prima vacacional se calcula de la siguiente manera:
Salario diario x días de vacaciones = Resultado x .25 (% de prima vacacional).
- Para calcular el salario diario, se divide el salario mensual entre 30, que corresponden a los días del mes.
- Para determinar los días de vacaciones, revisamos la antigüedad del empleado según corresponda. Cabe destacar que la antigüedad no tiene injerencia en el porcentaje de la prima vacacional, pero sí afecta favorablemente al número de días a los que tiene derecho el trabajador por los años de servicio.
Aquí te presentamos tres casos que funcionan como ejemplo del cálculo de prima vacacional:
*“Vacaciones en dinero” no significa que los empleados percibirán este ingreso, sino que simplemente sirve para aplicar el porcentaje establecido en la LFT. Dicho porcentaje es el mínimo que se tiene que otorgar al trabajador y no existe un límite superior de entrega.
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