Si eres una persona física con actividad empresarial o tienes una empresa, es normal que recibas notificaciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del correo electrónico. A veces puede ser un recordatorio sobre una nueva disposición o el pago de un impuesto, otras un aviso por una supuesta falta de pago a término. ¿Pero qué sucede cuando recibes una visita en tu domicilio fiscal?
Esta puede ser una de las situaciones más estresantes por las que atraviesa un emprendedor, y tiene lugar cuando el contribuyente ha caído en un incumplimiento de sus obligaciones. Consiste básicamente en la revisión de comprobantes digitales, estados de cuenta, archivos contables, bienes y mercancías. A veces, lo que la autoridad quiere es verificar que se estén emitiendo facturas, otras que se esté pagando determinado impuesto (como el IVA).
También es posible que quiera comprobar que se esté al día con obligaciones en materia aduanera, como el pago de gravámenes por la importación de bienes, o que las máquinas, sistemas y registros electrónicos en un local u oficina funcionen correctamente.
¿Qué hacer ante estos casos? Ante todo, hay que mantener la calma y tener a la mano la información necesaria para saber cómo proceder, qué información estamos obligados a brindar y qué derechos tenemos. Toma nota.
- El SAT siempre avisa con anticipación sobre una visita domiciliaria, así que este evento no debería tomarte por sorpresa. Aprovecha el tiempo disponible para preparar toda la información requerida y, de ser posible, resolver irregularidades.
- Al momento de la visita, lo primero que debes hacer es pedir al personal del SAT que se identifique con una credencial.
- También debes solicitar que te entreguen un documento llamado “Acta de inicio de visita”. En este archivo debe estar especificado el motivo del trámite (por ejemplo, la falta de emisión de recibos de nómina), el lugar donde se van a revisar los papeles y si se van a incluir otros domicilios del contribuyente.
- Si en el momento en que los visitadores se presentan en el domicilio fiscal no encuentran a nadie, dejarán un citatorio para el día siguiente. Asegúrate de estar ahí.
- Antes de que se inicie la visita, el contribuyente debe designar a dos testigos.
- Durante el trámite, el personal sólo está autorizado a revisar documentación, y no puede retirarla del domicilio. Tampoco tiene permitido llevarse bienes o detener a alguien.
- Todos los detalles de la visita deben quedar registrados por el personal del SAT en la llamada “Acta circunstanciada”. Al final, tienen que entregarte una copia.
- Si durante el procedimiento ocurren hechos irregulares, como la sustracción de documentos, mercancía y otros bienes, o simplemente no te sientes tranquilo, llama a tu abogado.
- También puedes asesorarte o buscar apoyo en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
- Inmediatamente después de la visita, reúnete con tu contador para analizar qué sucedió y prepararte para escenarios futuros.
Con toda la información obtenida, el SAT determinará la situación fiscal del contribuyente, y si aplica el pago de multas y recargos por las obligaciones incumplidas.
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