Declaración anual para personas morales: todo lo que debes saber para cumplir a tiempo

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Dentro de un mes las personas morales deben presentar su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); por lo que para poder cumplir a tiempo con este trámite fundamental para la salud financiera de tu negocio queremos compartirte información útil y detallada, más algunas novedades que debes considerar.

Antes de empezar, toma en cuenta que, si bien este año no habrá incremento de impuestos para los contribuyentes, la autoridad tributaria ha invertido una buena cantidad de recursos para hacer más eficientes las declaraciones fiscales; por lo que, gracias a funciones como la información pre-cargada en el portal del SAT, habrá más precisión en los datos. ¡Empecemos!

¿Qué es una declaración anual de impuestos?

La declaración anual de impuestos es un documento que se presenta ante SAT con información detallada y veraz sobre los ingresos y los gastos realizados desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior, permitiendo calcular y pagar los impuestos correspondientes. Es un trámite que deben realizar tanto las personas físicas empresarias como las personas morales.

En el caso de las personas morales, ¿cuándo debe presentarse la declaración?

A más tardar el jueves 31 de marzo del 2022. En tanto que las personas físicas tendrán que hacerlo a más tardar el 30 de abril.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual para personas morales?

Los contribuyentes obligados a presentar esta declaración son las personas morales del régimen general, tales como: sociedades mercantiles, asociaciones civiles, asociación en participación, sociedades cooperativas, sistema financiero, fideicomisos con actividad empresarial, contratistas y asignatarios de hidrocarburos y contribuyentes que aplican en el estímulo de región fronteriza. Asimismo, la tienen que presentar las sociedades cooperativas de producción que únicamente están constituidas por socios personas físicas.

¿Qué información hay que presentar en una declaración anual para personas morales?

En esta declaración se presenta la siguiente información: Determinación del resultado fiscal e Impuesto sobre la Renta (ISR) del año que incluye montos relativos a algunos ingresos acumulables, deducciones autorizada, estado de posición financiera, estado de resultados, pagos provisionales de ISR efectuados en el año, ISR retenido, información relativa a los pagos mensuales del IVA, pago de ISR por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, entre otra. Si tienes alguna duda sobre estos conceptos, no dejes de revisarlos con tu contador.

¿Qué archivos y documentos necesito al momento de presentar la declaración?

  1. Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  2. e.firma vigente.
  3. CLABE de la cuenta bancaria, en caso de que el saldo obtenido sea a favor

¿Por qué al ingresar al portal del SAT voy a encontrar Información pre-cargada sobre mi negocio?

A partir del ejercicio 2019 el SAT creó una herramienta específica para la declaración anual de personas morales, la cual es pre-llenada con datos que los propios contribuyentes compartieron en declaraciones anuales anteriores y en declaraciones provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR), así como a través de la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDIs) y de nómina.

¿Qué gastos son deducibles?

Todo depende del régimen en el que la empresa esté dada de alta ante el SAT y de la actividad el negocio. De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley ISR), en su capítulo II de Deducciones, los contribuyentes morales o empresas podrán deducir las siguientes:

  • Costo de ventas de mercancía. Todo lo obtenido para la operación de la empresa, muebles, bienes, equipo de cómputo o maquinaria relacionada a la actividad económica pero hasta el momento en que los ingresos por la venta de los mismos se considere acumulable
  • Sueldos, salarios y beneficios laborales que se otorgan a los empleados. La nómina, las aportaciones patronales realizados al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como al Seguro de Desempleo son algunos de los gastos básicos; pero también puedes añadir otras prestaciones como las aportaciones realizadas a fondos de pensiones o jubilaciones de empleados; o bien, el servicio de comedor.
  • Donativos a instituciones no gubernamentales. Estos no deben exceder el 7% de la utilidad del año anterior. Si realizas donativos a entidades federativas, municipios u organismos descentralizados, entonces el monto no debe superar el 4% de la utilidad fiscal del año anterior.
  • Descuentos, rebajas o devoluciones. Devoluciones o bonificaciones en el precio final que se otorga al cliente.
  • Cualquier inversión realizada. Ya sea en activos fijos, cargos y créditos diferidos
  • Los intereses pagados. Son un elemento que las empresas pueden deducir con cumpliendo con ciertos requisitos y límites por financiamiento recibido por el negocio.
    Créditos incobrables. Corresponde a cuentas por cobrar que sean prácticamente irrecuperables.
  • El ajuste anual por inflación. El que resulte deducible en los términos del artículo 44 de la ley y que corresponde a la pérdida por inflación cuando las deudas son menores que las cuentas por cobrar y otros créditos del negocio.

Por último, no olvides que para cumplir a tiempo con la declaración anual de impuestos de tu negocio es fundamental que a lo largo de todo el año emitas y recibas los comprobantes fiscales digitales que cumplan con todos los requisitos establecidos por el SAT (por ejemplo, facturas electrónicas). Además es importante que la contabilidad de tu negocio esté al día ya que de ahí proviene toda la información para complementar los datos requeridos para el cálculo de tu impuesto anual.

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