Marzo y abril son los meses más activos del año —en cuanto a declaraciones anuales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)— para personas morales, personas físicas con actividad empresarial y personas físicas que generan ingresos como asalariados o por algún otro tipo de actividad. A pesar de que la autoridad fiscal ha aumentado considerablemente sus mecanismos de monitoreo y control (por ejemplo, de las ventas a través de plataformas digitales) y a la vez ha simplificado los trámites, aún son muchas las personas que dejan de pagar sus impuestos y no consideran las consecuencias, como las multas, recargos, embargos y consecuencias de tipo penal.
Así que en este artículo de Mi Propio Jefe te contaremos qué puede sucederte a ti o a tu negocio si no cumples con tus obligaciones fiscales. Y de paso, te recomendaremos algunas estrategias para que puedas organizarte mejor y así mantenerte libre de deudas y preocupaciones.
¿Qué puede pasar?
Como primer punto, hay que recordar que todos los negocios tienen la obligación de declarar y pagar ante el SAT tres impuestos base: el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto sobre la Renta (ISR) y, en algunos casos, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Estas declaraciones se realizan en forma mensual y anual. Si tienes colaboradores, o si has pagado recibos de honorarios por determinados servicios, posiblemente también tengas que cumplir con el pago de las retenciones efectuadas.
Para realizar estas declaraciones y pagos a tiempo, es vital que tengas una contabilidad ordenada. Eso significa generar las facturas y los CFDI complemento de pagos correspondientes, a través de una plataforma de facturación eficiente. En el caso de tener colaboradores también tendrás que entregarles sus recibos de nómina, con el cálculo correcto de su salario, descuentos, primas vacacionales y retenciones. Para las empresas que ya tienen una operación grande se recomienda que cuenten con una plataforma de contabilidad propia.
Ahora te comentaremos las acciones que puede tomar el SAT cuando detecta que una persona física con actividad empresarial o una empresa tienen un comportamiento poco usual o no ha presentado su declaración anual en los últimos seis meses, no emite comprobantes fiscales o tiene obligaciones pendientes.
- Envío de una carta invitación. A través del buzón tributario , el SAT avisa al destinatario sobre la detección de una situación irregular, como la falta de pago del IVA en determinado mes); invitándolo a hacer la aclaración correspondiente o a ponerse al corriente con el pago del adeudo; por último, le comunica que puede hacerse acreedor a penalizaciones económicas.
- Multas. Si luego de varios avisos el contribuyente no responde, el SAT procede a la aplicación de una multa. El monto final puede incluir además intereses moratorios y actualizaciones por inflación, así que lo mejor es siempre actuar ante el primer aviso y con la ayuda de un contador.
- Suspensión temporal o definitiva del Certificado de Sello Digital: Si el contribuyente omite presentar su declaración anual después de un mes de la fecha límite, incluso si deja de presentar dos declaraciones de pagos provisionales de forma consecutiva, la autoridad puede cancelar el Certificado de Sello Digital y el contribuyente estaría imposibilitado para facturar.
- Bloqueo de cuentas bancarias y embargos. Son miles las historias de pequeños negocios que, por no prestar atención a las sucesivas advertencias de la autoridad fiscal, pueden descubrir de un día para otro que no pueden acceder al dinero que tienen en sus cuentas bancarias porque están congeladas. Otra medida que puede tomar el SAT es embargar bienes para asegurar el pago de un adeudo.
- Delito de defraudación fiscal: La cual se castiga con prisión del representante legal o contribuyente por dejar de presentar declaraciones de pagos provisionales o anuales por mas de doce meses.
¿Cómo saber si tengo un adeudo con el SAT?
Si nos recibido ninguna notificación, ni siquiera a través del Buzón Tributario, puedes verificar si tienes adeudos fiscales en la página Web del SAT y solicitar tu opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.
Sólo tienes que ingresar a www.sat.gob.mx, hacer clic en la pestaña “Adeudos fiscales”, ingresar tu RFC y contraseña y revisar la información. Si hallas un adeudo habla lo antes posible con tu contador y verifica si tienes los fondos suficientes para ponerte al día pronto; de lo contario, no te preocupes, hay opciones.
¿Cómo puedo regularizar la situación de mi empresa?
Con el objetivo de ayudar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones, el SAT permite que un adeudo pueda ser liquidado a través de diferentes modalidades.
- Pago único. Una deuda puede ser saldada al 100% a través de un pago a través del portal de una institución bancaria, un cheque o efectivo.
- Pago en parcialidades. Del total de una deuda, hay que hacer un pago inicial del 20% y luego cumplir con mensualidades fijas que se incrementarán por una tasa de interés fijada de acuerdo al número de meses acordados.
- Con bienes embargados. En las situaciones extremas, cuando el SAT ya embargó algunos de los bienes de la empresa o el contribuyente, la deuda puede ser saldada con el dinero que se obtenga del remate, siempre y cuando su valor alcance para cubrir el monto adeudado.
Si necesitas más información sobre este tema, puedes encontrarla aquí.
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