¿Vendes en línea? Te ayudamos a resolver las dudas más comunes sobre el Complemento Carta Porte

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El Complemento Carta Porte es una de las grandes novedades en materia fiscal del 2022. Desde el primer día del año este documento fiscal se volvió obligatorio, y aún hay muchas dudas sobre cuándo y cómo generarlo y en qué casos resulta obligatorio. Una de las preguntas más comunes es: ¿qué pasa si vendo por Internet?

Con el auge del ecommerce —ya sea a través de sitios propios o de marketplaces como Mercado Libre o Claro Shop— muchos emprendedores han encontrado el canal ideal para expandir sus mercados y llegar a nuevos consumidores. Y como mencionamos siempre en este blog, es importante que durante la etapa de crecimiento el negocio se mantenga al día con sus obligaciones fiscales para no complicar la operación diaria ni afectar la atención hacia los clientes.

Así que hoy, con la ayuda de nuestros expertos, aclararemos las dudas más comunes sobre la aplicación del Complemento Carta Porte al vender en línea. Pero, primero, definamos de qué se trata este nuevo CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) y quiénes están obligados a emitirlo.

¿Qué es el Complemento Carta Porte?

El Complemento Carta Porte es un documento que acredita la legalidad de la propiedad, posesión y transporte de bienes y mercancías en territorio nacional. Contiene información sobre el contrato realizado para el traslado de los activos y cuáles son sus términos.

Se trata de un complemento que debe incorporarse a otros dos documentos: el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Traslado o el CFDI de Ingreso. Más adelante veremos en qué consisten estos dos comprobantes, así como quiénes están obligados a generarlos en cada caso.

¿Ya es obligatorio?

Sí. Si bien entró oficialmente en vigor a partir del 1 de junio del 2021, su exigibilidad fue prorrogada en múltiples ocasiones debido a su complejidad, para comenzar el 1 de enero del 2022.

¿Ya habrá sanciones a partir de enero?

Cuando no se emitan los comprobantes correspondientes o se acompañen en el transporte de los bienes o mercancías, sí.

Hasta el 30 de septiembre no serán sancionables los errores o faltantes en los campos del comprobante. Luego de esa fecha, serán aplicables las sanciones correspondientes.

¿Quiénes están obligados a emitir el Complemento Carta Porte?

Toda aquella persona física o moral que realice un transporte de carga y que circule por vías terrestres, ferroviarias, marítimas o aéreas de jurisdicción federal. Específicamente:

a) Los propietarios, poseedores o tenedores de bienes o mercancías que trasladen estos activos con medios propios.

b) Los transportistas de carga general y especializada, así como quienes presten el servicio de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, de traslado de fondos y valores o materiales y de residuos peligrosos.

c) Los intermediarios o agentes de transporte que presten servicios de logística para el traslado de bienes o mercancías o tengan mandato para actuar por cuenta del cliente, cuando el traslado lo realicen por medios propios.

¿En qué tipos de bienes y mercancías aplica?

El SAT no ha establecido para qué bienes y mercancías resulta obligatorio este documento, por lo que es recomendable revisar el catálogo y los códigos de productos publicados en el portal del organismo.

En cuanto a los medios de transporte, como ya mencionamos aplica para el terrestre, marítimo, aéreo y ferroviario, siempre y cuando los traslados se realicen en rutas de jurisdicción federal.

¿Cómo determinar si tengo que generar el Complemento Carta Porte cuando vendo productos por Internet?

En primer lugar, debes tener en cuenta quién realiza el traslado de la mercadería; en segundo lugar, si ese traslado se realiza por rutas federales.

Aplica: cuando una empresa se hace el envío de los productos con vehículos propios, cuando lo realizan terceros con vehículos de la empresa y además los traslados incluyen tramos terrestres, ferroviarios, marítimos o de jurisdicción federal.

No aplica: cuando los envíos se realizan dentro de una misma ciudad, por lo que no hay que circular por rutas federales, y cuando se contratan los servicios de una empresa de paquetería y mensajería o de carga general y especializada. Tampoco aplica para el vendedor cuando los clientes recogen por cuenta propia sus mercancías.

Es decir, ¿si vendo a través de un marketplace, que incluye la mensajería o si contrato ese servicio por mi cuenta, quien tiene que generar el Complemento Carta Porte es la empresa de mensajería?

Sí.

Este comprobante complementa a dos documentos: el CFDI de Traslado y el de Ingreso. ¿En qué se diferencian?

El CFDI de Traslado es el documento fiscal que ampara la propiedad de las mercancías o productos que se trasladan. ¿Cuándo debe ser generado? De nuevo, cuando el propietario de la mercancía la traslada por medios propios. También cuando se contrata a un intermediario, siempre y cuando el traslado se lleve a cabo con un vehículo de la empresa, y no con uno externo. Esta factura se debe emitir antes del traslado de la mercancía.

El CFDI de Ingreso es la típica factura electrónica que se genera al momento de realizar un trámite una operación de compra-venta de un producto o servicio, la cual corresponde a la empresa transportista o de mensajería. Esta factura debe entregarse al cliente antes de proporcionar el servicio y ampara a la paquetería por el servicio prestado.

¿Cuáles son los beneficios del Complemento Carta Porte?

Además de acreditar la estancia y/o tenencia legal de los bienes o mercancías durante su traslado dentro del territorio nacional, tiene las siguientes ventajas para las empresas:

  • Identifica las mercancías a detalle y da certeza sobre qué se transporta.
  • Informa sobre todo lo relacionado con el traslado de las mercancías desde su origen y
    hasta su destino, lo que incluye puntos medios, propietarios, arrendatarios y operadores de transporte.
  • Permite detallar los montos de la retención de IVA que se efectúa por concepto de
    servicios de autotransporte.
  • Fortalece el comercio formal, al mismo tiempo que combate la informalidad y el
    contrabando.
  • Brinda información útil para poder establecer estrategias que garanticen la seguridad del
    tránsito en las rutas federales.

¿Quiénes pueden ser sancionados por brindar información incorrecta o incompleta al momento de generar y presentar un CFDI con Complemento Carta Porte?

Según lo dispuesto por el SAT, tanto quien preste un servicio de transporte de bienes o mercancías como quien lo contrate.

¿Cómo se generan todos estos documentos?

A través de una plataforma de administración empresarial que permita incorporar a los CFDI de Traslado o Ingreso el Complemento Carta Porte, generar XMLs sellados y timbrarlos de forma automática.

Antes de contratar este servicio, asegúrate de que el proveedor mantiene actualizados permanentemente sus sistemas según las últimas disposiciones del SAT y de que brinda asistencia técnica.

Si quieres saber más, descarga este material con todos los detalles:

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